La legisladora de Encuentro por la Democracia es una de las que intenta impugnar desde la Cámara de Diputados, los alcances devastadores que tendría la aplicación del Decreto de necesidad y Urgencia que el presidente Javier Milei intenta legalizar. Aquí el texto completo de su proyecto.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos
correspondientes, informe a esta Honorable Cámara, en los términos del
artículo 100°, inciso 11°, de la Constitución Nacional, sobre las siguientes
cuestiones vinculadas con el dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia
70/2023.
1- Detallar el procedimiento administrativo implementado para la elaboración del Decreto de Necesidad de Urgencia 70/2023. En particular, señalar si se han cumplimentado requisitos esenciales, como el pronunciamiento de las diversas áreas de gobierno involucradas en el contenido del mismo; o el fundamental dictamen de los servicios permanentes de asesoramiento jurídico, toda vez que el Decreto citado puede afectar derechos subjetivos e intereses legítimos, tal como indica el artículo 7° de la Ley de Procedimientos Administrativos. Adjuntar copia del expediente completo.
2- Describir cuál ha sido el rol específico de Federico Sturzenegger en la elaboración del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. Indicar el tipo de modalidad contractual por medio de la que se adquirieron sus servicios. Adjuntar la correspondiente documentación respaldatoria.
3- Remitir la nómina total de los estudios jurídicos, personas jurídicas y personas humanas, de carácter privado, que, sin cumplir tareas en la función pública, han participado en la asesoría y/o en la confección del Decreto 70/2023. Indicar el tipo de modalidad contractual por medio de la que se adquirieron sus servicios.
Adjuntar la correspondiente documentación respaldatoria.
4- Señalar si se considera que la participación en la confección del Decreto 70/2023 de particulares con intereses marcadamente evidentes en las áreas económicas sobre las que el mismo incide de manera directa, no afecta groseramente al interés general, y en particular el de los sectores más vulnerables, que debe tutelar toda normativa de conformidad con la Constitución Nacional y el resto
del ordenamiento jurídico vigente.
5- Indicar si la filosofía del Gobierno considera que los intereses y la voluntad de los grupos económicos más concentrados y poderosos, tanto nacionales como transnacionales, resultan absolutamente compatibles y se identifican con el interés y el bienestar general.
6- Manifestar por qué, a su criterio, la participación de particulares con intereses específicos en la elaboración del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 no constituye una clara incompatibilidad y un conflicto de intereses, que se encuentran claramente vedados por la normativa vigente.
DIPUTADA NACIONAL MÓNICA MACHA


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