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Invitan a adherir a la denuncia penal realizada contra las y los diputados que votaron la delegación de facultades extraordinarias a Javier Milei, el pasado 16 de mayo, en el marco del debate de la Ley Bases

Quienes quieran consultar la presentación judicial, pueden leerla en:   https://bit.ly/4dSbUq2 

Las y los 134 legisladores que avalaron dicha concesión son responsables de una flagrante “violación de los deberes de funcionarios públicos” y  responsables de una clara demostración de “abuso de autoridad”.

El Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel; Alicia Castro, ex embajadora en Venezuela y ante el Reino Unido; el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat; el ex juez Carlos Rozanski; el titular de la CTA Autónoma Hugo “Cachorro” Godoy; el economista y ex director del Banco Nación Claudio Lozano; el sociólogo y politólogo Atilio Borón; y el sociólogo y periodista Jorge Elbaum, presentaron la denuncia el jueves 16 de mayo ante la Cámara Nacional en los Criminal y Correccional Federal de la Ciudad de Buenos Aires.

Según detalla la denuncia, se los acusa bajo “las figuras de violación de los deberes de funcionarios públicos y abuso de autoridad (art. 248 CP), y falsedad ideológica de instrumento público (art. 292 CO), concesión de facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo (art. 227 CP), delito este último, por ejemplo, para el que se encuentra prevista la pena de reclusión o prisión perpetua.

Las y los 134 diputados acusados pueden consultarse en el siguiente link:  https://bit.ly/3wHKF0y 

A su vez, el escrito sostiene que la acusación también “debe considerarse interpuesta contra toda persona que, durante la investigación, pudiese resultar identificada como cómplice y/o instigadora de los hechos denunciados”. Particularmente –suscriben los denunciantes–  -“el Sr. Presidente de la Nación, Javier Milei debe ser investigado como posible instigador (art. 45 del Código Penal al enviar el Proyecto de ley sancionado (en media sanción) por la Cámara de Diputados, y que si los Senadores ingresan en el mismo ámbito de ilicitud en el trámite de la ley deben ser alcanzados por esta denuncia de oficio (por tratarse de un delito todavía en ejecución)”. 

En otro tramo, la presentación aclara que: “no se trata aquí de ‘criminalizar’ opiniones, ni discursos –aunque muchas veces esos discursos sí resultan ‘en sí mismos’ constitutivos de un delito, p. ej., cuando por su intermedio se practica la apología de delitos y/o delincuentes–-. Aquí, repetimos, se estipula que lo votado por los legisladores, apartándose de sus deberes concretos, mediante inadmisibles concesiones de poder, que convierten en una vil entrega de facultades extraordinarias a Javier Milei: Algo que es sancionado en el Código Penal con las máximas penas previstas para los “infames traidores a la patria”. 

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